CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL INSTITUTO BOLIVARIANO Y LA COORDINACION ZONA DE SALUD N°7

CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL INSTITUTO BOLIVARIANO Y LA COORDINACION ZONA DE SALUD N°7

El 30 de marzo del 2020 el Instituto Superior Tecnológico Bolivariano, firmó un convenio de ccoperación interinstitucional con la Coordinación Zonal N° 7 del Ministerio de Salud Pública. Por una parte, el Instituto Superior Tecnológico Bolivariano, legalmente representada por su rector el Mgs. Víctor Hugo Samaniego Luna, por otra parte y por otra parte, “ LA COORDINACION ZONAL DE SALUD N° 7”, legalmente representada por el Dr. Manuel José Procel González en su calidad de Coordiador Zonal

OBJETIVOS DEL CONVENIO.-

OBJETIVO GENERAL.- Desarrollar actividades conjuntas que impulsen y perfeccionen la calidad de la educación superior, mediante acciones académicas de formación, capacitación técnico profesional y de investigación-acción.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS.-

1.- Contribuir y fortalecer los conocimientos teóricos y prácticos de la educación del nivel técnico y tecnológico superior a través de la realización de prácticas pre profesionales, en modalidades presenciales, semipresenciales, dual y/o en línea, en la carrera de Técnico o Tecnólogo Superior en Enfermería, en las dependencias de la COORDINACION DE SALUD N° 7.

2.- Desarrollar programas conjuntos de vinculación con la sociedad, y servicios a la comunidad en modalidades presenciales, semipresenciales, dual y/o en línea, en las carreras de Técnico Superior en Enfermería, y otras carreras relacionadas con la salud que en lo posterior oferte el ISTB, así como en investigación científica y/o tecnológica, cooperación social, promoción cultural y académica, con énfasis en el desarrollo de las comunidades en estado de vulnerabilidad.

3.- Ofrecer a los trabajadores de la COORDINACIÓN DE SALUD N°7, que deseen estudiar nuestras carreras profesionales en la institución, el 10% de descuento en el pago de los aranceles educativos (y matriculas).

RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES.-

Para el cumplimiento de los objetivos del presente convenio de cooperación interinstitucional para servicios comunitarios, las partes en forma solidaria y voluntaria asumen las siguientes responsabilidades, fundamentadas en la participación conjunta y bilateral:

El INSTITUTO BOLIVARIANO se compromete:

1.- Informar a la COORDINACION DE SALUD N° 7, las competencias académicas de los estudiantes.

2.- Crear los mecanismos institucionales que permitan establecer proyectos de investigación y/o vinculación en conjunto, dirigidos a las áreas de interés mutuo.

3.- Cumplir con las normas de prácticas pre profesionales establecidas por el ITSB, las mismas que se adjuntarán al convenio.

4.- Brindar a los colaboradores de COORDINACION DE SALUD N° 7, un descuento del 10% en el pago de los aranceles educativos (y matriculas).

La «Coordinacion Zonal 7 de Salud», se compromete a:

1.- No contraer obligaciones de carácter económico ni patronal, con los estudiantes ni con representantes del ISTB, durante la ejecución del presente convenio.

2.- Brindar las facilidades a los estudiantes del ISTB, para realizar las prácticas pre profesionales en sus dependencias, previa coordinación con los responsables de esta actividad.

3.- Designar un coordinador que difunda la participación de los estudiantes para que se les permita cumplir con las actividades planificadas.

4.- Comunicar al tutor académico del ISTB cualquier anomalía suscitada con la participación de los estudiantes a fin de corregir y mejorar el conocimiento teórico – práctico.

5.- Participar conjuntamente con el ISTB, en actividades de vinculación con la sociedad.

6.- Difundir entre los miembros de la empresa, los diferentes cursos de capacitación que organice el ISTB.

7.- Una vez concluida la práctica y como constancia del desempeño de los estudiantes, certificará mediante sello y firma de responsabilidad, el informe emitido por el tutor académico del ISTB.

DURACIÓN. – El presente convenio tendrá una duración de cinco años inicialmente y se renovará progresivamente en forma anual a conveniencia de las partes.